Caldera y bomba de calor de una vivienda junto a un documento de mantenimiento, ilustración editorial sobre el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios en 2026

— Guía · Climatización · Normativa 18 min de lectura

El RITE, en cristiano.

Cada vez que cambias una caldera, instalas aerotermia o pones aire acondicionado, aparece la palabra RITE. Es el reglamento que regula las instalaciones térmicas de los edificios, y genera mucha confusión: qué obliga, cada cuánto hay que mantener el equipo y —la duda estrella— en qué se diferencia de la revisión del gas. Esta guía lo aclara con las citas del Boletín Oficial, sin jerga de instalador.

Mantenimiento obligatorio · inspección solo si > 70 kW (cada 4 años) · el gas se revisa aparte, cada 5 años

RD 1027/2007, modificado por el RD 178/2021 · situación a junio de 2026

1. Qué es el RITE y qué regula

El RITE —Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios— se aprobó con el Real Decreto 1027/2007 y se reformó a fondo con el Real Decreto 178/2021 para apretar las tuercas en eficiencia energética. Regula el ciclo de vida completo de las instalaciones térmicas de un edificio: calefacción, refrigeración o climatización, ventilación y agua caliente sanitaria. Es decir, tu caldera, tu aerotermia, tu aire acondicionado, el suelo radiante o el termo. Desde el diseño y el dimensionado hasta el montaje, la puesta en marcha, el uso, el mantenimiento y, en su caso, la inspección.

Conviene fijar bien las fronteras, porque ahí nace media confusión. El RITE no regula la instalación de gas (eso es el reglamento de gases), ni la instalación eléctrica (el REBT, el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión), ni la refrigeración industrial con gases fluorados. Mira solo el rendimiento térmico y el buen mantenimiento de los equipos de clima y agua caliente. Su objetivo declarado es triple: garantizar el bienestar e higiene de las personas, un uso racional de la energía y la seguridad de la instalación térmica. Por eso te lo cruzas siempre que tocas el sistema de climatización de la vivienda.

El reglamento se organiza en una parte general (el real decreto) y unas Instrucciones Técnicas (las «IT») que bajan al detalle. Para un particular, las dos que importan son la IT 3 (mantenimiento y uso) y la IT 4 (inspección): la primera te afecta sí o sí; la segunda, solo si tu instalación es grande. El resto —diseño, montaje, eficiencia energética— lo gestiona tu instalador.

2. Tus obligaciones según la potencia

El RITE no trata igual a una caldera de piso que a la central térmica de un hotel: gradúa las exigencias por la potencia útil nominal del generador (los kilovatios térmicos que es capaz de entregar, no los kW eléctricos que contratas con la compañía). Esta es la clave que ordena todo el reglamento. Casi todos los hogares caen en los dos primeros tramos:

Obligaciones del RITE por potencia útil nominal
Potencia Documentación Mantenimiento Inspección
Menos de 5 kW Sin documentación preceptiva Según manual del equipo Exenta
5 – 70 kW Memoria técnica Instalador o empresa habilitada Exenta
Más de 70 kW Proyecto + dirección de obra Contrato + certificado anual Sí · cada 4 años
Una caldera o aerotermia doméstica típica ronda los 8-24 kW, así que está en el tramo de 5-70 kW: necesita memoria técnica al instalarse y mantenimiento, pero no inspección periódica.

Traducido a la vida real: si vas a instalar una caldera, una bomba de calor o un equipo de aire en tu vivienda, lo normal es que estés en el tramo de 5 a 70 kW. Eso significa que el instalador tiene que redactar una memoria técnica, registrar la instalación ante la comunidad autónoma y entregarte el certificado; y que después tú quedas obligado a un mantenimiento periódico. Lo que no tendrás es la inspección periódica de eficiencia: esa se reserva a las instalaciones de más de 70 kW, propias de comunidades de vecinos con sala de calderas centralizada, hoteles, oficinas o naves.

70 kW

Umbral del RITE para la inspección periódica de eficiencia

una caldera doméstica ronda 8-24 kW: muy por debajo

RITE, IT 4 (RD 1027/2007, modificado por RD 178/2021)

3. Mantenimiento: cada cuánto y quién puede hacerlo

El mantenimiento es el cuidado periódico del equipo —limpieza, comprobación de la combustión, presiones, estanqueidad, rendimiento, revisión de los elementos de seguridad— y es obligatorio para todas las instalaciones térmicas, sin importar su tamaño. Es la obligación del RITE que te afecta a ti, particular, prácticamente seguro. La regula la Instrucción Técnica IT 3, que fija un programa de operaciones cuya frecuencia depende de la potencia del generador.

¿Cada cuánto? En equipos domésticos (por debajo de 70 kW) la periodicidad la marcan el programa de mantenimiento del RITE y las instrucciones del fabricante. En la práctica, para una caldera de gas o gasoil se traduce en una revisión anual; para una bomba de calor o un equipo de aire acondicionado, una puesta a punto al año (limpieza de filtros, comprobación de carga de refrigerante y de los intercambiadores) es lo recomendable y lo que pide casi cualquier garantía. Por encima de 70 kW, el RITE obliga además a un contrato de mantenimiento con una empresa mantenedora habilitada y a un certificado de mantenimiento anual.

¿Quién puede hacerlo? No vale el manitas del edificio ni tú mismo: las operaciones de mantenimiento las tiene que realizar un instalador o una empresa habilitada, inscritos en el registro de su comunidad autónoma. Al terminar, te firman el parte o certificado de mantenimiento. Y aquí va el consejo más útil de toda la guía: guarda esos partes firmados. Son la prueba de que cumples si te llega una inspección, y también el papel que te pedirá el seguro del hogar si algún día hay un siniestro relacionado con la instalación térmica.

4. Inspección periódica: solo por encima de 70 kW

Aquí está el cambio que más alivió a los hogares. La inspección periódica de eficiencia energética es un control oficial —distinto del mantenimiento— que verifica el rendimiento del generador, el estado de la instalación y su dimensionado frente a la demanda real del edificio. Antes de 2021, el umbral para tener que pasarla estaba en 20 kW para los generadores de calor y 12 kW para los de frío, lo que arrastraba a muchas instalaciones medianas. El RD 178/2021 elevó ese umbral a 70 kW de potencia útil nominal total de los generadores que componen la instalación de calefacción o de refrigeración.

El resultado para tu casa es sencillo: mantenimiento sí, inspección del RITE no. Una vivienda con caldera o aerotermia está muy por debajo de 70 kW, así que está exenta de la inspección periódica. Esta solo aplica a instalaciones grandes: la sala de calderas centralizada de un bloque de vecinos, un hotel, un edificio de oficinas o una nave. La reforma de 2021 también unificó la periodicidad en cuatro años, tanto para calefacción como para aire acondicionado (antes oscilaba entre 2, 4 y 5 años según el tipo de equipo). Y cuando la instalación supera los 15 años de antigüedad y los 70 kW, se le exige además una inspección completa de todo el sistema, que evalúa su estado global y propone mejoras de eficiencia.

Conviene no confundir esta inspección con el certificado de eficiencia energética del edificio (la «etiqueta» de la A a la G que necesitas para vender o alquilar una vivienda): son trámites de mundos distintos, regulados por normas diferentes. Lo aclaramos en la ficha del certificado de eficiencia energética.

5. RITE o gas: la confusión más común

Mucha gente busca «RITE o gas» pensando que son opciones rivales, como si tuvieran que elegir una. No lo son: son dos reglamentos que conviven sobre la misma caldera, cada uno mirando una cosa distinta. Uno se ocupa de que el equipo rinda; el otro, de que no haya fugas ni intoxicaciones. Ambos te obligan a la vez si tienes una caldera de gas.

RITE (RD 1027/2007)

Mira la eficiencia térmica: que el equipo caliente bien y rinda. Obliga a instalador habilitado y a mantenimiento periódico. Sin inspección para equipos domésticos (solo por encima de 70 kW, cada 4 años).

Gas (RD 919/2006)

Mira la seguridad del suministro: tuberías, estanqueidad, humos. Obliga a revisión e inspección de gas cada 5 años, una la contratas tú y otra la hace la distribuidora.

Dicho de otra forma: una caldera de gas está sometida a los dos a la vez. Por el RITE, la mantienes; por el reglamento de gas, te toca cada cinco años la revisión (que contratas con una empresa instaladora autorizada) y la inspección (que efectúa o notifica la distribuidora de gas). Si cambias el gas por una aerotermia eléctrica, desaparece toda la parte de gas y te quedas solo con el RITE: una de las ventajas menos comentadas de electrificar la calefacción, que sumada al SCOP de una bomba de calor moderna explica por qué cada vez más hogares dan el salto. Lo desarrollamos en la guía de aerotermia paso a paso.

6. Cada cuánto se revisa el gas (y cómo evitar timos)

La «revisión del gas» que tanta gente teme la regula el Real Decreto 919/2006, el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos. Y son, en realidad, dos controles distintos que se confunden constantemente:

  • La revisión de la instalación receptora (cada 5 años). Es tu parte: la instalación que va desde la llave de tu vivienda hasta los aparatos. La contratas tú con una empresa instaladora de gas autorizada, que comprueba la estanqueidad, la combustión y la evacuación de humos. Aplica a gas natural y también a butano o propano canalizado.
  • La inspección de la instalación común (cada 5 años). Es la parte de la compañía: la canalización que llega hasta tu llave. La realiza o la notifica la distribuidora de gas de tu zona, no tú.

El gran foco de timos está aquí. Cada poco aparecen comerciales que llaman a la puerta «de parte del gas» o «de Industria», con uniforme y prisas, y cobran 100, 150 o 200 euros por una revisión que cuesta una fracción de eso. Pide siempre la acreditación, no firmes nada sin contrastar y, ante la duda, llama a tu distribuidora o a tu instalador de confianza. Una revisión legítima de la instalación receptora ronda los pocos decenas de euros, no las tres cifras. Y la inspección de la instalación común, salvo que detecten una anomalía que haya que corregir, no debería suponerte un coste directo abusivo.

7. El certificado RITE, las ayudas y la deducción

Cuando instalas un equipo nuevo, el instalador habilitado tiene que entregarte el certificado de instalación RITE, junto con la ficha técnica del equipo, el protocolo de pruebas, el manual de uso y el programa de mantenimiento. Ese papel no es un trámite menor: es el documento que registra la instalación ante la comunidad autónoma y el que te exigen para cobrar las ayudas del IDAE y para aplicar la deducción del IRPF por obras de mejora energética en la vivienda (del 20 % o el 40 % de la inversión, según la mejora acreditada, vigentes hasta finales de 2026). Sin certificado RITE no hay subvención ni deducción, así que pídelo siempre y guárdalo con el resto de la documentación de la obra.

Es la pieza que conecta el RITE con el ahorro de verdad: cuando sustituyes una caldera vieja por una aerotermia o una bomba de calor de alto SCOP, el certificado de instalación es lo que demuestra que la mejora cumple el reglamento y, por tanto, que tiene derecho a la ayuda. Sin él, una instalación puede funcionar, pero a efectos administrativos «no existe».

8. Qué pasa si no cumples el RITE

El incumplimiento del RITE tiene consecuencias en dos planos. En el administrativo, se considera una infracción en materia de seguridad industrial, sujeta al régimen sancionador de la Ley de Industria, con multas que pueden ir desde unos cientos hasta varias decenas de miles de euros según la gravedad (no mantener una instalación grande, manipularla sin habilitación o falsear certificados están en el tramo alto). En la práctica, una vivienda rara vez recibe una sanción por no mantener la caldera; el riesgo real es otro.

Y ese riesgo es el seguro del hogar. Si se produce un siniestro relacionado con la instalación térmica —una avería que provoca daños, un incendio, una fuga— y no puedes demostrar que la instalación estaba mantenida por personal habilitado, la aseguradora puede reducir o incluso rechazar la indemnización. Ahí es donde los partes de mantenimiento firmados que tanto insistimos en guardar valen su peso en oro. Trabajar siempre con instalador habilitado y conservar la documentación es, antes que una obligación legal, una protección para tu bolsillo.

9. Qué cambia con el nuevo RITE

El marco está a punto de moverse. La nueva directiva europea de eficiencia energética de los edificios (la EPBD refundida, Directiva (UE) 2024/1275) obliga a España a actualizar su normativa térmica, y se espera una nueva modificación del RITE durante 2026, junto con cambios en el Código Técnico de la Edificación. Entre las líneas previsibles están el empuje a la descarbonización de la calefacción (menos calderas de combustibles fósiles, más bombas de calor), el refuerzo de los sistemas de automatización y control en edificios y nuevos requisitos de eficiencia. A la fecha de esta guía, esa transposición está pendiente: sigue vigente el RITE con la reforma de 2021.

La evolución del RITE de un vistazo

  1. 2007

    Nace el RITE actual

    El RD 1027/2007 aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios vigente, con sus Instrucciones Técnicas de diseño, mantenimiento e inspección.

    RD 1027/2007

  2. 2013

    Primera gran actualización

    El RD 238/2013 ajusta exigencias de eficiencia y los requisitos de las empresas mantenedoras e instaladoras.

    RD 238/2013

  3. 2021

    Reforma profunda

    El RD 178/2021 sube a 70 kW el umbral de la inspección periódica y unifica su periodicidad en 4 años, además de reforzar bienestar térmico y ventilación.

    RD 178/2021

  4. 2024

    Nueva directiva europea (EPBD)

    La Directiva (UE) 2024/1275 refunde la normativa europea de eficiencia de los edificios y obliga a España a actualizar el RITE.

    Directiva (UE) 2024/1275

  5. 2026

    Transposición pendiente

    Se espera una nueva modificación del RITE para transponer la EPBD. A junio de 2026 sigue vigente el texto con la reforma de 2021.

Cuando se publique la nueva norma, actualizaremos esta página. Mientras tanto, lo que cuenta es lo descrito aquí: mantenimiento obligatorio para todos, inspección solo por encima de 70 kW y el gas por su propia vía.

10. Cómo cumplir el RITE paso a paso

Si resumimos todo lo anterior en una rutina práctica para un hogar normal, el RITE se cumple en unos pocos pasos sencillos. Esta es la hoja de ruta:

  1. Identifica la potencia de tu instalación. Mira la placa del generador o la ficha técnica. Casi seguro estás por debajo de 70 kW, el tramo doméstico sin inspección periódica.
  2. Instala siempre con un profesional habilitado. La instalación, sustitución o modificación del equipo debe hacerla una empresa o instalador habilitado, que te entrega el certificado de instalación RITE al terminar.
  3. Programa el mantenimiento periódico. Contrata la revisión según el manual del fabricante; en una caldera, normalmente una vez al año. Por encima de 70 kW, formaliza un contrato de mantenimiento.
  4. Conserva los partes firmados. Guarda cada certificado de mantenimiento. Son tu prueba ante una inspección y ante el seguro del hogar.
  5. Si es de gas, añade la revisión cada 5 años. La revisión de la instalación receptora la contratas tú; la inspección de la común la hace la distribuidora.
  6. Si superas los 70 kW, suma la inspección de eficiencia. Cada 4 años, y una inspección completa si la instalación tiene más de 15 años.

La inspección periódica del RITE y la inspección completa solo aplican a instalaciones de más de 70 kW; en una vivienda normal, las obligaciones reales son el mantenimiento (anual) y, si hay caldera de gas, la revisión cada 5 años.

11. Errores y mitos frecuentes sobre el RITE

  • «El RITE me obliga a pasar una inspección de la caldera cada año». Falso. La vivienda está exenta de la inspección periódica del RITE (solo aplica por encima de 70 kW). Lo que sí es obligatorio es el mantenimiento, que suele ser anual en una caldera.
  • «RITE y gas son lo mismo». No. El RITE mira la eficiencia térmica; el gas (RD 919/2006), la seguridad del suministro. Una caldera de gas cumple los dos a la vez, y la revisión del gas va cada cinco años por su propia vía.
  • «La aerotermia no tiene RITE porque no quema nada». Falso. Toda instalación térmica —incluida la aerotermia, el aire acondicionado o el suelo radiante— está sujeta al RITE. Eso sí, al ser eléctrica se ahorra toda la parte del reglamento de gas.
  • «Puedo hacer yo el mantenimiento para ahorrar». No. Las operaciones de mantenimiento debe realizarlas un instalador o empresa habilitada, que firma el parte. Hacerlo por tu cuenta no cumple el RITE y puede dejarte sin cobertura del seguro.
  • «Si viene alguien “de parte del gas”, hay que pagarle lo que pida». No. Pide siempre acreditación. La revisión legítima de la instalación receptora cuesta unas pocas decenas de euros, no las tres cifras que cobran los comerciales agresivos.
  • «El certificado RITE es opcional». No. Es el documento que registra la instalación y la llave para las ayudas del IDAE y la deducción del IRPF por mejora energética. Exígelo al instalador y guárdalo.

12. Lecturas relacionadas

Para profundizar en el cambio de sistema de calefacción y en su coste real:

Glosario relacionado: aerotermia, SCOP y COP, certificado de eficiencia energética.

— Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta sobre el RITE

¿Qué es el RITE?
El RITE es el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por el Real Decreto 1027/2007 y reformado a fondo por el Real Decreto 178/2021. Regula cómo se instalan, mantienen e inspeccionan los equipos de calefacción, refrigeración (climatización), ventilación y agua caliente sanitaria en viviendas y edificios. No regula la instalación de gas, ni la eléctrica, que tienen sus propios reglamentos.
¿Estoy obligado a hacer el mantenimiento de mi caldera o aerotermia?
Sí. El RITE obliga a un mantenimiento periódico de todas las instalaciones térmicas, realizado por instalador o empresa habilitada. En equipos domésticos (por debajo de 70 kW, la práctica totalidad de los hogares) la periodicidad la marca el programa de mantenimiento del RITE y el manual del fabricante; en una caldera suele traducirse en una revisión anual. Guarda los partes de mantenimiento firmados: la administración puede pedírtelos en una inspección.
¿Mi caldera doméstica tiene que pasar una inspección periódica del RITE?
No. Desde la reforma del RD 178/2021, la inspección periódica de eficiencia energética del RITE solo afecta a las instalaciones con generadores de más de 70 kW de potencia útil nominal total. Las domésticas (≤ 70 kW) están exentas de esa inspección, aunque no del mantenimiento, que sí sigue siendo obligatorio. Otra cosa es la revisión del gas, que es un trámite distinto.
¿Cada cuánto se inspecciona una instalación de más de 70 kW?
Cada 4 años. El RD 178/2021 unificó la periodicidad de la inspección periódica de eficiencia energética en cuatro años, tanto para los sistemas de calefacción como de aire acondicionado de más de 70 kW (antes variaba entre 2, 4 y 5 años según el tipo de equipo). Además, cuando la instalación supera los 15 años de antigüedad y los 70 kW, se exige una inspección completa de toda la instalación térmica.
¿Es lo mismo el RITE que la revisión del gas?
No, son dos cosas distintas que se solapan en una caldera de gas. El RITE mira la eficiencia térmica de la instalación (que caliente bien y rinda); el reglamento de gas (RD 919/2006) mira la seguridad del suministro (tuberías, estanqueidad, evacuación de humos). Una caldera de gas está sujeta a ambos: mantenimiento por el RITE y, además, la revisión e inspección de gas cada cinco años.
¿Cada cuánto hay que hacer la revisión del gas?
Cada cinco años, y son en realidad dos controles distintos: la revisión de tu instalación receptora, que contratas tú con una empresa instaladora autorizada, y la inspección de la instalación común, que realiza o te notifica la distribuidora de gas. Aplica tanto a gas natural como a butano o propano canalizado. Desconfía de quien te llama «de parte del gas» con prisas y precios desorbitados: pide siempre identificación.
¿La aerotermia también está sujeta al RITE?
Sí. La aerotermia, el aire acondicionado, el suelo radiante o el termo eléctrico son instalaciones térmicas y caen de lleno bajo el RITE: necesitan instalador habilitado, certificado de instalación y mantenimiento periódico. La gran ventaja frente al gas es que desaparece toda la parte del reglamento de gases: al ser eléctrica, te ahorras la revisión e inspección de gas cada cinco años y te quedas solo con el mantenimiento del RITE.
¿Necesito el certificado RITE para las ayudas o la deducción del IRPF?
Sí. Para cobrar las ayudas del IDAE o aplicar la deducción del IRPF por mejora energética cuando cambias a aerotermia o a una caldera más eficiente, el certificado de instalación RITE firmado por el instalador habilitado es un documento imprescindible. Sin él no hay subvención ni deducción. El instalador debe entregártelo al terminar la obra, junto con el manual de uso y el programa de mantenimiento.

— Fuentes

  • RD 1027/2007 (RITE) y RD 178/2021 que lo modifica — documentación, mantenimiento (IT 3) e inspección periódica (IT 4), umbral de 70 kW y periodicidad de 4 años.
  • RD 919/2006 — Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos (revisión e inspección de gas cada 5 años).
  • Directiva (UE) 2024/1275 (EPBD refundida) — pendiente de transposición; motivará una nueva actualización del RITE durante 2026.
  • Ley 21/1992, de Industria — régimen sancionador aplicable a las infracciones del RITE en materia de seguridad industrial.